La jubilación del funcionario es el cese definitivo en el servicio activo por cumplir la edad legal, con derecho a pensión pública de Clases Pasivas o Seguridad Social, según el régimen al que pertenezca.
La edad ordinaria de jubilación forzosa es a los 65 años (ampliable voluntariamente hasta los 70 en algunos cuerpos). La pensión se calcula sobre las retribuciones del último puesto, no sobre toda la vida laboral como en el régimen general. Es importante porque las condiciones de jubilación son un factor diferencial de las oposiciones: un funcionario suele jubilarse con mejores condiciones que un trabajador por cuenta ajena, y eso forma parte del «sueldo diferido» que hace atractivo el empleo público.
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