La movilidad interadministrativa es la posibilidad de que un funcionario de carrera cambie de administracion (de la estatal a la autonomica, de la autonomica a la local, o viceversa) conservando su grupo de clasificacion y antiguedad.
Esta prevista en el EBEP como un derecho de los funcionarios, pero en la practica esta limitada: normalmente solo se permite entre administraciones que tienen convenios de movilidad firmados. La movilidad interadministrativa permite cambiar de entorno laboral (por ejemplo, pasar de un ministerio en Madrid a un ayuntamiento en tu ciudad) sin empezar de cero como funcionario. Sin embargo, no es automatica: requiere que el puesto de destino sea del mismo grupo y que exista la correspondiente relacion de puestos de trabajo (RPT) con la dotacion presupuestaria adecuada.
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