Cuerpo general vs especial
Los cuerpos generales son aquellos cuyas funciones son comunes a toda la Administración (administrativas, de gestión) y los cuerpos especiales requieren una titulación o habilitación técnica concreta (ingenieros, arquitectos, informáticos, inspectores).
La diferencia clave está en las funciones y la titulación exigida. Los cuerpos generales (Auxiliar C2, Administrativo C1, Gestión A2, Superior A1) tienen temarios y pruebas homogéneos independientemente del ministerio u organismo al que te adscriban. Los cuerpos especiales, en cambio, exigen titulaciones específicas (Derecho para Letrados, Medicina para Forenses, Ingeniería Informática para Sistemas TI) y sus funciones están ligadas a esa especialidad técnica. Esta distinción es importante porque un funcionario de cuerpo general puede trabajar en cualquier ministerio, mientras que uno de cuerpo especial está adscrito a su área de especialización.
Relacionado: Grupo / subgrupo (A1–C2), Cuerpo, Escala